Valeria, finalmente, se fue el día de Pascua de
Resurrección. Su maltrecho cuerpo no resistió las graves heridas del terrible
impacto por el choque automovilístico que sucedió la noche del 1º de abril en
la principal avenida de acceso de Santa Cruz de la Sierra.
El video registrado por el surtidor ubicado frente al
lugar del hecho muestra el accidente: Por la vía sur - norte de la
Avenida Cristo Redentor (ex avenida Banzer), un vehículo pasa a velocidad
permitida, mientras por la vía norte - sur una camioneta Tundra no espera en el
giro y se introduce para doblar en la dirección norte - este cuando la vagoneta
Mercedes Benz irrumpe a inusitada velocidad, embiste la camioneta y alcanza en
el trompo a golpear también al vehículo que recorría más adelante; enseguida se
ve pasar también otro vehículo a alta velocidad que recién parece disminuir al
darse cuenta del choque.
Minoría de edad al volante, consumo de alcohol e imprudencia de camioneta en giro peligroso
provocan muerte y numerosas familias afectadas por el dolor y la desgracia
Las declaraciones de los fiscales indican que el
conductor de la vagoneta, donde iban Valeria y sus amigas, también malheridas,
una incluso con múltiples fracturas y las extremidades inferiores seriamente
comprometidas, es menor de edad y había ingerido 1,5 nivel de alcohol, cuando
el máximo admitido es de 0,5.
"De la desgracia del accidente de la Bánzer, podríamos sacar una gran lección para la sociedad cruceña, sólo se precisa que
la Policía y el Ministerio Público por una vez en la vida quieran ayudar
al pueblo y no solo buscar donde sacar coimas: el alcohol ingerido por el
conductor menor de edad es la punta del ovillo, dónde lo adquirió, dónde lo
consumió, qué lugar y quien vendió alcohol a menores de edad, que adulto
autorizó o prestó un lugar para que se embriaguen, quién autorizó el permiso de
conducir, dónde están los controles para regularizar el expendio de bebidas
alcohólicas, aquí hay culpables y les debe caer todo el peso de la Ley, no es
un favor, es una obligación de las autoridades. Sacan una norma municipal
anticonstitucional para prohibir la venta de alcohol en Semana Santa y tienen
el descaro de llamarle regocijo espiritual y no hacen nada el resto del año
para frenar la permisividad de una sociedad alcohólica por adultos
irresponsables, empresas irresponsables, padres irresponsables y autoridades
irresponsables", apunta Jorge Mercado.
Las pericias del accidente serán determinadas por las
autoridades. Sin embargo, una vez más los cuestionamientos al sistema y a
las responsabilidades se repiten:
1. Gobierno Municipal: Control de venta,
expendio y consumo de bebidas alcohólicas y prohibición de los mismos para
menores de edad. Las normas existen y se incumplen.
2. Gobierno Nacional: El Servicio General de Identificación de las Personas (SEGIP) expide
permisos de conducir a menores de edad, temporales y con autorización escrita de los padres donde se comprometen a asumir cualquier daño contra terceros. La Policía está ausente del control de actividades prohibidas por las leyes en toda la ciudad. Su ausencia en calles y espacios públicos es notoria, al punto que cuando sale, esporádicamente, sí se nota.
3. Ambos: El control de tránsito,
constitucionalmente, pasó a depender de los Gobiernos Municipales. La Policía
no cede estas competencias exclusivas al nivel local ni las autoridades locales
asumen el traspaso inmediato de las mismas a su jurisdicción. La Policía ni cumple ni deja cumplir. Las carreras automovilísticas en vías urbanas se realizan a altas horas de la noche en cualquier sitio propicio, donde el silencio de la noche y la falta de control abundan.
4. Padres de familia: La permisividad para el
uso de vehículos a menores de edad es un tema cotidiano. La invocatoria
social a que todo el mundo lo hace, no exime de la responsabilidad personal,
con la ley y con la comunidad.
5. Instituciones educativas: Si bien padres de familia reclaman a colegios y universidades que los alumnos no tienen por qué cumplir reglas extra académicas, sí las instituciones tienen todas las prerrogativas para establecer medidas disciplinarias preventivas y de control de conductas que afecten al colectivo estudiantil.
6. Distribuidoras de alcohol: Difunden publicidad en horarios y espacios de los medios sin respetar el Reglamento del Código de la Niñez y Adolescencia. Auspician cualquier evento dirigido a jóvenes. Distribuyen sus productos en cualquier sitio, legal o ilegal, en los lugares más visibles, desde las góndolas de los supermercados hasta las esquinas copadas por licorerías y cualquier pulpería de barrio.
6. Distribuidoras de alcohol: Difunden publicidad en horarios y espacios de los medios sin respetar el Reglamento del Código de la Niñez y Adolescencia. Auspician cualquier evento dirigido a jóvenes. Distribuyen sus productos en cualquier sitio, legal o ilegal, en los lugares más visibles, desde las góndolas de los supermercados hasta las esquinas copadas por licorerías y cualquier pulpería de barrio.
El cumplimiento de las medidas de seguridad para minimizar los riesgos de violencia está en manos de las autoridades, en particular, y de los adultos en general, corresponsables de las mismas.
Requisitos para otorgación de licencias de conducir, en la web del SEGIP |
Reglamento de Licencias de Conducir, concedidas por el SEGIP |
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